

El manual detalla los pasos necesarios para que titulares mineros y recicladores/as de base como orientación para cumplir con el Acuerdo Interministerial MAATE – MEM-2020-001 y adoptar las buenas prácticas ambientales allí sugeridas.
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El presente instructivo tiene como objeto establecer las disposiciones, requisitos y lineamientos ambientales para toda persona natural o jurídica, pública o privada que:
• Genere desechos peligrosos debe obtener su registro de generador de desechos peligrosos.
• Preste los servicios para el manejo de desechos peligrosos en sus fases de gestión: reuso, reciclaje, tratamiento biológico, térmico, físico, químico y para desechos biológicos; coprocesamiento y disposición final.
• Preste los servicios de transporte de materiales peligrosos.
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Los listados nacionales de sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales.
Se cuenta con los siguientes anexos:
• Anexo A: Listado de sustancias químicas peligrosas.
• Anexo B: Listado de residuos y desechos peligrosos.
• Anexo C: Listado de residuos o desechos especiales.
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Toda persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera que dentro del territorio nacional participen en la fabricación, importación, siendo la comercialización, distribución y uso final corresponsables de la implementación y ejecución de los planes de gestión integral de pilas usadas.
(Descargas - 538)
Constituye normativa de obligatorio cumplimiento para todas las entidades, organismos y dependencias que comprenden el sector público central y autónomo descentralizado, personas naturales y jurídicas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos, que se encuentren permanente o temporalmente en el territorio nacional.
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