

Este documento describe las generalidades de la intervención, resaltando la metodología la cual incluyó la socialización del proyecto, la invitación formal y la selección de seis grupos: tres plantas de procesamiento y tres organizaciones mineras en distritos como Camilo Ponce Enríquez, Zaruma – Portovelo y Chinapintza. Además, se describe el análisis de la Cadena de Suministro en Territorio, abarcando la cadena de valor de cada organización minera y destacando aspectos operativos y limitaciones logísticas y comerciales. Se contextualiza el estándar de minería justa Fairmined y se presentan resultados de la intervención en cada grupo, así como fortalezas, actividades de mejora y el objetivo de alcanzar cumplimiento de criterios. Se concluye con recomendaciones y retos en la aplicabilidad del estándar en Ecuador y su adopción por actores mineros.
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Campaña de sensibilización acerca del triple lavado y devolución de envases vacíos de plaguicidas “Aliados del Ambiente” en continente.
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El PNA es un documento cuyo período de ejecución es de ocho años (2020 – 2028), es una actualización de los compromisos de nuestro país para la protección de la salud humana y del ambiente de los efectos nocivos de los Compuestos Orgánicos Persistentes (COP), en cumplimiento al artículo 7 del Convenio de Estocolmo sobre los Planes de Aplicación. Además, este plan entraña una mayor complejidad, en comparación con la versión anterior, ya que muchos de los nuevos COP son difíciles de identificar y controlar, por cuanto se encuentran como parte de una amplia gama de productos de uso cotidiano, o bien forman parte de un proceso productivo, cuyos usuarios muchas veces ignoran la presencia de estas sustancias, para los cual se plantean propuestas de acción a corto, mediano y largo plazo a nivel nacional para poder tomar acciones para su eliminación y sustitución por producto y procesos productivos más sanos y amigables con el ambiente.
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Las sustancias químicas peligrosas, cualquiera sea su forma, presentación o denominación que estarán sujetas a regulación y control mediante el presente instrumento, son las que la Autoridad Ambiental Nacional incorpore progresivamente al registro posterior a un análisis de los impactos producidos por el uso de éstas, las mismas que serán tomadas de los listados nacionales de sustancias químicas peligrosas de toxicidad aguda, toxicidad crónica y de uso restringido y los tratados o convenios internacionales de los cuales el Ecuador sea miembro suscriptor o adherente.
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El presente instructivo tiene por objeto regular el ingreso y uso de materiales de referencia con estándares analíticos y materiales de referencia, que contengan contaminantes orgánicos persistentes (COPs), sustancias químicas de uso agrícola e industrial, u otras sustancias cuyo uso haya sido prohibido, las cuales deberán ser utilizadas exclusivamente en pruebas analíticas de laboratorio.
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Reseñas
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