

Análisis económico, asumiendo tres (3) diferentes escenarios (óptimo, medio y pesimista), por medio de los cuales se busca identificar el impacto de posibles modificaciones de normativas e implicaciones tributarias relacionadas a productos con mercurio añadido, que podrían aplicarse para cumplir lo establecido en el Convenio de Minamata en Ecuador, tomando como año base el 2021 y generar propuestas de control para el ingreso/uso/disposición de estos productos.
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El PNA es un documento cuyo período de ejecución es de ocho años (2020 – 2028), es una actualización de los compromisos de nuestro país para la protección de la salud humana y del ambiente de los efectos nocivos de los Compuestos Orgánicos Persistentes (COP), en cumplimiento al artículo 7 del Convenio de Estocolmo sobre los Planes de Aplicación. Además, este plan entraña una mayor complejidad, en comparación con la versión anterior, ya que muchos de los nuevos COP son difíciles de identificar y controlar, por cuanto se encuentran como parte de una amplia gama de productos de uso cotidiano, o bien forman parte de un proceso productivo, cuyos usuarios muchas veces ignoran la presencia de estas sustancias, para los cual se plantean propuestas de acción a corto, mediano y largo plazo a nivel nacional para poder tomar acciones para su eliminación y sustitución por producto y procesos productivos más sanos y amigables con el ambiente.
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Documento que describe las disposiciones esenciales para la recolección, transporte, tratamiento y/o disposición final de desechos generados ante el evento coronavirus COVID-19.
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Están sujetos al cumplimiento y aplicación de las disposiciones establecidas en este acuerdo toda persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera responsable de la primera puesta en el mercado nacional de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE), incluido el fabricante, ensamblador, importador o demás figuras similares que importen o pongan en el mercado nacional aparatos eléctricos y electrónicos, que para fines de aplicación del presente acuerdo se define como “Productor de AEE” en el marco de la responsabilidad extendida.
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Con base en el diagnóstico realizado por el PNGQ en el año 2019, en instituciones públicas y privadas para identificar las principales actividades generadoras de contaminantes orgánicos persistentes no intencionales (COPNIs), se generó esta guía en la que se detallan las medidas de prevención y de reducción, así como materiales o procesos sustitutos recomendados para ser incorporados
en sectores vinculados a rellenos sanitarios, producción de metales ferrosos y no ferrosos, incineración de desechos peligrosos,
producción de cemento, hierro, acero y fundiciones, entre otras.
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