

Este documento tiene la finalidad de establecer el mecanismo de incentivos de Reconocimiento Ecuatoriano Ambiental (REA) Punto Verde y la “Guía Técnica del mecanismo REA Punto Verde para la gestión ambientalmente racional de COPs” que permita, a las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales, o extranjeras con actividades legalmente autorizadas en el país, obtener bajo la aplicación de este acuerdo, un Reconocimiento Ecuatoriano Ambiental Punto Verde respecto a las actividades que apoyan a la gestión ambientalmente racional de contaminantes orgánicos persistentes (COPs), bajo implementación previa o actual de mejores prácticas o tecnologías ambientales para la reducción o eliminación de COPs conforme a las disposiciones establecidas en este instrumento; y siempre y cuando lo hubieren realizado o realicen, no por cumplimiento legal, sino por gestión propia de responsabilidad ambiental.
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Este documento es el manual del curso: “Gestión de sustancias químicas, con énfasis en la fase de transporte”, el mismo que está anclado en la plataforma virtual de MAATE Educa
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Las sustancias químicas peligrosas, cualquiera sea su forma, presentación o denominación que estarán sujetas a regulación y control mediante el presente instrumento, son las que la Autoridad Ambiental Nacional incorpore progresivamente al registro posterior a un análisis de los impactos producidos por el uso de éstas, las mismas que serán tomadas de los listados nacionales de sustancias químicas peligrosas de toxicidad aguda, toxicidad crónica y de uso restringido y los tratados o convenios internacionales de los cuales el Ecuador sea miembro suscriptor o adherente.
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Documento que constituye en la actualidad la norma más importante del país en materia ambiental, pues en ésta se regulan aquellos temas necesarios para una gestión ambiental adecuada. Entre otros, el COA aborda temas como cambio climático, áreas protegidas, vida silvestre, patrimonio forestal, calidad ambiental, gestión de residuos, incentivos ambientales, zona marino costera, manglares, acceso a recursos genéticos, bioseguridad, biocomercio, etc.
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Descripción larga: El presente Reglamento tiene por objeto regular la gestión integral de los residuos y desechos generados por los establecimientos de salud del Sistema Nacional de Salud, clínicas de estética con tratamientos invasivos y clínicas veterinarias.
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