

El PNA es un documento cuyo período de ejecución es de ocho años (2020 – 2028), es una actualización de los compromisos de nuestro país para la protección de la salud humana y del ambiente de los efectos nocivos de los Compuestos Orgánicos Persistentes (COP), en cumplimiento al artículo 7 del Convenio de Estocolmo sobre los Planes de Aplicación. Además, este plan entraña una mayor complejidad, en comparación con la versión anterior, ya que muchos de los nuevos COP son difíciles de identificar y controlar, por cuanto se encuentran como parte de una amplia gama de productos de uso cotidiano, o bien forman parte de un proceso productivo, cuyos usuarios muchas veces ignoran la presencia de estas sustancias, para los cual se plantean propuestas de acción a corto, mediano y largo plazo a nivel nacional para poder tomar acciones para su eliminación y sustitución por producto y procesos productivos más sanos y amigables con el ambiente.
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Toda persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera que dentro del territorio nacional participen en la fabricación, importación, siendo la comercialización, distribución y uso final corresponsables de la implementación y ejecución de los planes de gestión integral de pilas usadas.
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Descripción larga: El presente Reglamento tiene por objeto regular la gestión integral de los residuos y desechos generados por los establecimientos de salud del Sistema Nacional de Salud, clínicas de estética con tratamientos invasivos y clínicas veterinarias.
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Documento que describe las disposiciones esenciales para la recolección, transporte, tratamiento y/o disposición final de desechos generados ante el evento coronavirus COVID-19.
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Este documento describe el plan de acción a mediano plazo para reducir la generación de plaguicidas obsoletos en Ecuador, elaborado con base en un diagnóstico.
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