

El PNA es un documento cuyo período de ejecución es de ocho años (2020 – 2028), es una actualización de los compromisos de nuestro país para la protección de la salud humana y del ambiente de los efectos nocivos de los Compuestos Orgánicos Persistentes (COP), en cumplimiento al artículo 7 del Convenio de Estocolmo sobre los Planes de Aplicación. Además, este plan entraña una mayor complejidad, en comparación con la versión anterior, ya que muchos de los nuevos COP son difíciles de identificar y controlar, por cuanto se encuentran como parte de una amplia gama de productos de uso cotidiano, o bien forman parte de un proceso productivo, cuyos usuarios muchas veces ignoran la presencia de estas sustancias, para los cual se plantean propuestas de acción a corto, mediano y largo plazo a nivel nacional para poder tomar acciones para su eliminación y sustitución por producto y procesos productivos más sanos y amigables con el ambiente.
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Constituye normativa de obligatorio cumplimiento para todas las entidades, organismos y dependencias que comprenden el sector público central y autónomo descentralizado, personas naturales y jurídicas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos, que se encuentren permanente o temporalmente en el territorio nacional.
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El presente instructivo tiene la aplicación de la responsabilidad extendida sobre los productos aceite lubricantes, aceites base o aceite base generado y están sujetas al cumplimiento toda persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera responsable de la primera puesta en el mercado nacional de productos en el territorio ecuatoriano incluido el fabricante, ensamblador, importador, titular de registro, formulador, o envasador o demás figuras similares que importen o pongan en el mercado aceite lubricantes, aceites base o aceite base generado.
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El presente instructivo tiene como objeto establecer las disposiciones, requisitos y lineamientos ambientales de la aplicación de la Responsabilidad Extendida del Productor de baterías ácido plomo sobre la gestión integral de las baterías ácido plomo usadas (BAPU) desde su importación o generación, recolección/transporte, almacenamiento y eliminación mediante el aprovechamiento.
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El acuerdo Interministerial No. MAATE-MEM-2022-001 presenta el Instructivo destinado a regular la gestión de residuos mineros de material estéril llevada a cabo por los recicladores de base en el ámbito de la pequeña minería metálica. El objetivo principal del Instructivo es mejorar las condiciones técnicas, ambientales y sociales relacionadas con las actividades de los recicladores. Asimismo, busca otorgar reconocimiento a su función esencial en la gestión integral de estos residuos, fomentar su formalización y asociación en grupos, y promover su inclusión social y productiva de manera segura, rentable y digna.
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