

SUSTENTO TÉCNICO PARA LA DETERMINACIÓN DE LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DEL PARÁMETRO “MERCURIO TOTAL” EN EMISIONES GASEOSAS PRODUCIDAS EN FUENTES FIJAS COMO PARTE DEL PROCESO DE FABRICACIÓN DE CEMENTO CLINKER Y FUNDICIÓN DE METALES NO FERROSOS
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        Toda persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera que dentro del territorio nacional participen en la fabricación, representación, titular de registro, formulación, importación, envasado, de productos de uso agrícola, siendo la comercialización, distribución y uso final corresponsables de la implementación y ejecución de los planes de gestión integral de los desechos plásticos de uso agrícola.
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        El presente instructivo tiene por objeto regular el ingreso y uso de materiales de referencia con estándares analíticos y materiales de referencia, que contengan contaminantes orgánicos persistentes (COPs), sustancias químicas de uso agrícola e industrial, u otras sustancias cuyo uso haya sido prohibido, las cuales deberán ser utilizadas exclusivamente en pruebas analíticas de laboratorio.
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        Están sujetos al cumplimiento y aplicación de las disposiciones establecidas en este acuerdo toda persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera responsable de la primera puesta en el mercado nacional de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE), incluido el fabricante, ensamblador, importador o demás figuras similares que importen o pongan en el mercado nacional aparatos eléctricos y electrónicos, que para fines de aplicación del presente acuerdo se define como “Productor de AEE” en el marco de la responsabilidad extendida.
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        El acuerdo Interministerial No. MAATE-MEM-2022-001 presenta el Instructivo destinado a regular la gestión de residuos mineros de material estéril llevada a cabo por los recicladores de base en el ámbito de la pequeña minería metálica. El objetivo principal del Instructivo es mejorar las condiciones técnicas, ambientales y sociales relacionadas con las actividades de los recicladores. Asimismo, busca otorgar reconocimiento a su función esencial en la gestión integral de estos residuos, fomentar su formalización y asociación en grupos, y promover su inclusión social y productiva de manera segura, rentable y digna.
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